El Primer Congreso Internacional de StreetNet:
CONSIDERANDO
1. que hay muchos casos de niños que trabajan como vendedores ambulantes independientes o prestando ayuda a sus padres, quienes son vendedores ambulantes;
2. que muchos de estos niños trabajan para aumentar a los bajos ingresos que ganan los adultos en la familia;
3. que en ocasiones el trabajo de estos niños no les permite asistir a la escuela, lo cual les impide desarrollar sus habilidades y aptitudes en todo su potencial;
RESUELVE
1. que StreetNet apoya la Convención 138 y la Recomendación 146 sobre la Edad Mínima de la OIT (1973) y la Convención 182 y la Recomendación 190 de la OIT (1999) sobre Las Peores Formas de Trabajo Infantil;
2. apoyar incondicionalmente los derechos de todos los niños de asistir a la escuela, e incentivar a los vendedores en mercados informales y vendedores ambulantes, con el fin de que se aseguren que sus hijos completen su educación escolar, y promover oportunidades para que puedan realizar estudios postseculares;
3. apoyar incondicionalmente la promoción y ejecución de la igualdad de derechos para las niñas, y luchar contra cualquier forma de discriminación en contra de las niñas;
4. trabajar por el incremento en los ingresos de vendedores ambulantes adultos y vendedores adultos en mercados informales, como el medio más efectivo para eliminar la necesidad de los niños de trabajar para aumentar los ingresos de los miembros adultos de la familia;
5. promover el establecimiento de guarderas seguras y aumentar para los niños de vendedores ambulantes y en mercados, que estén en edad pre-escolar y que estén situadas cerca del lugar de su trabajo y que operen a horas adecuadas para que los vendedores puedan hacer uso de las mismas. En lo posible, estas guardas deberán estar integradas a los planos urbanos o de los mercados;
6. promover planteamientos de planificación urbana, los cuales incluyan facilidades para el cuidado de los niños de vendedores ambulantes y vendedores en mercados informales, que están en edad pre-escolar.
PROPUESTO: CNTG y Alianza de Vendedores Ambulantes del Cabo Oriental
SECUNDARIO: FEDEVAL